Con fecha 20 de Octubre de 2016 se han publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa los nuevos estatutos de la Mancomunidad de Servicios de Txingudi que entran en vigor a todos los efectos.
Los nuevos estatutos introducen el voto ponderado con el que se quiere garantizar la participación en la Asamblea de todos los grupos políticos presentes en los dos ayuntamientos mancomunados, al tiempo que se mantiene la regla de proporcionalidad entre municipios existente hasta ahora y se garantiza la gobernabilidad de la entidad pública.
Asignación de vocales
Según se establece, habrá 100 votos representados: 80 asignados a vocales por parte de Irun y 20 de Hondarribia. La asignación se realizará de forma directamente proporcional al número de concejales de cada grupo municipal. Para el caso de grupos que cuenten con una representación igual o superior a un tercio del total de los votos a asignar, se posibilita que el grupo en cuestión reparta sus votos entre un máximo de tres vocales. Asimismo, se acuerda un régimen de redondeo de votos a números enteros con el fin de facilitar los cómputos de asignaciones.
La aplicación del voto ponderado a la composición actual de los ayuntamientos arroja el siguiente reparto de votos y vocales en la Asamblea:
|
GRUPO |
Nº DE |
Nº VOTOS |
Nº DE |
|
PSE-EE |
10 |
32 |
1-3 |
EAJ-PNV |
5 |
16 |
1 |
|
SPI |
5 |
16 |
1 |
|
BILDU |
3 |
10 |
1 |
|
PP |
2 |
6 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
EAJ-PNV |
10 |
12 |
1-3 |
ABOTSANITZ |
3 |
4 |
1 |
|
BILDU |
2 |
2 |
1 |
|
PSE-EE |
1 |
1 |
1 |
|
PP |
1 |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
42 |
100 |
10-14 |
Con esta nueva fórmula, la Mancomunidad logra una adecuación entre las decisiones que toma su Asamblea y la representatividad real que las distintas formaciones políticas tienen en los respectivos ayuntamientos.
Nuevos estatutos de la mancomunidad de Servicios de Txingudi [PDF]