Se consideran casos de emergencia a aquellas situaciones en que se produzca un suceso amenazador motivado por lluvias torrenciales, inundaciones, arrastres de tierras, nevadas, fuertes heladas y otros incidentes extraordinarios. En estos casos se ponen a disposición de los Ayuntamientos la totalidad de medios humanos y materiales, con los que cuenta la contrata, así como medios propios de la empresa.